Guías de Factinvo
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es el principal impuesto directo del sistema tributario español. Grava los ingresos obtenidos por las personas físicas residentes en España durante un año natural, independientemente del lugar donde se hayan producido.
Es un impuesto progresivo: cuanto más ganas, mayor es el porcentaje que pagas. Esto se consigue mediante los llamados tramos, de forma que cada euro adicional tributa al tipo del tramo en el que cae, no todos los ingresos al tipo más alto.
El IRPF tiene una parte estatal (gestionada por el Estado) y una parte autonómica (gestionada por cada comunidad autónoma). Por eso los tipos pueden variar ligeramente según donde residas.
Los tramos que se aplican sobre la base liquidable general del IRPF en 2025 son los siguientes (tipo estatal + autonómico medio):
| Base liquidable | Tipo marginal (aprox.) |
|---|---|
| Hasta 12.450 € | 19% |
| De 12.450 € a 20.200 € | 24% |
| De 20.200 € a 35.200 € | 30% |
| De 35.200 € a 60.000 € | 37% |
| De 60.000 € a 300.000 € | 45% |
| Más de 300.000 € | 47% |
La cuota íntegra es el resultado de aplicar los tramos a tu base liquidable. La cuota líquida es la que queda después de restar deducciones. La cuota diferencial es lo que finalmente pagas (o te devuelven) en la declaración de la Renta, restando las retenciones que ya te descontaron en nómina o facturas durante el año.
Uno de los elementos clave del IRPF es el mínimo personal y familiar, que reduce la base imponible antes de aplicar los tramos. Se trata de los ingresos que Hacienda considera necesarios para la subsistencia y no se gravan.
| Concepto | Importe 2025 |
|---|---|
| Mínimo personal (contribuyente) | 5.550 € |
| Mayores de 65 años (adicional) | +1.150 € |
| Mayores de 75 años (adicional) | +1.400 € |
| Primer hijo (menor de 25 años) | 2.400 € |
| Segundo hijo | 2.700 € |
| Tercer hijo | 4.000 € |
| Cuarto hijo y siguientes | 4.500 € |
| Hijos menores de 3 años (adicional) | +2.800 € |
| Ascendiente mayor de 65 años a cargo | 1.150 € |
| Discapacidad del contribuyente (33%-65%) | 3.000 € |
| Discapacidad del contribuyente (>65%) | 9.000 € |
La empresa no aplica los tramos directamente mes a mes. En cambio, sigue este proceso anual proyectado:
Este porcentaje es el que la empresa aplica cada mes sobre tu nómina para ingresarlo a Hacienda en tu nombre.
| Bruto anual | 28.000 € |
| − SS trabajador (6,35%) | −1.778 € |
| Rendimiento neto previo | 26.222 € |
| − RRDT art. 20 | −2.000 € |
| Rendimiento neto del trabajo | 24.222 € |
| − Mínimo personal | −5.550 € |
| Base liquidable | 18.672 € |
| Cuota IRPF (tramos) | ≈ 3.481 € |
| Tipo de retención | ≈ 12,4% |
Esta reducción es uno de los beneficios fiscales más importantes para los trabajadores con bajos y medios ingresos. Reduce directamente el rendimiento neto del trabajo antes de calcular el IRPF:
Esta reducción es automática y debe calcularla la empresa para fijar tu retención. Si crees que tu empresa no la está aplicando correctamente, puedes comprobarlo con nuestra calculadora de sueldo neto.
Los autónomos no tienen retenciones en nómina. En su lugar, aplican una retención en sus facturas (generalmente el 15%, o el 7% en los tres primeros años de actividad), que el cliente ingresa a Hacienda en su nombre.
Además, los autónomos pagan IRPF trimestralmente mediante el modelo 130 (estimación directa) o el modelo 131 (módulos). Estos pagos fraccionados son un anticipo del IRPF anual.
La declaración de la Renta al año siguiente liquida definitivamente el impuesto: si has pagado más de lo que debías, Hacienda te devuelve; si has pagado menos, debes abonar la diferencia.
La declaración de la Renta (modelo 100) se presenta entre abril y junio del año siguiente al ejercicio fiscal. Por ejemplo, la Renta del ejercicio 2025 se presenta entre abril y junio de 2026.
Están obligados a declarar quienes superen los siguientes umbrales:
Además del mínimo personal y familiar, existen otras deducciones que pueden reducir significativamente tu factura fiscal:
Nuestra calculadora aplica todos los tramos, el RRDT y el mínimo personal. Resultado inmediato para cualquier salario.
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